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miércoles, 5 de julio de 2017

Una primera aproximación al proyecto de Ley de Libertad Religiosa



Por. Hilario Wynarczyk- Argentina
La posición especial del culto católico
El nuevo Proyecto de Ley de Libertad Religiosa enviado por el Poder Ejecutivo de la República Argentina al Poder Legislativo, en este mes de junio del año 2017, es un extenso documento producido con gran pericia técnica por personas con sólidos conocimientos de derecho internacional comparado en esta materia. El Proyecto está orientado, según explican sus autores en las páginas de presentación, a la finalidad de adecuar “la legislación en la materia a los estándares internacionales y respondiendo así a un reclamo histórico, permanente y justo de las iglesias, confesiones y comunidades religiosas no católicas”. Pero también se trata de un documento destinado a ampliar y garantizar la libertad de conciencia.
Es muy positivo que esto haya sucedido, aunque sin dudas sería posible no estar de acuerdo en ciertos detalles, y pese a que será todavía objeto de discusiones. Y de críticas que comienzan a aflorar.
Considerando el universo religioso como un campo de fuerzas donde hay diversos actores, un punto que aparece claro es que la Iglesia Católica Apostólica Romana continúa siendo una institución privilegiada desde el Estado de la República Argentina. Por medio del nuevo Proyecto, en caso de tornarse Ley, permanece constante la posición de la Iglesia Católica como iglesia apoyada por el Estado Nacional. El primer artículo de la Constitución Nacional dice que “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según lo establece la presente Constitución”. A seguir el artículo 2 dice escuetamente: “El gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”.
Al mismo tiempo permanece firme el carácter de figura de derecho público que define a la Iglesia Católica, un estatus común a, por ejemplo, una provincia, un municipio, un país, las Naciones Unidas. Esto es así porque la Iglesia Católica depende en última instancia de un Estado, el Estado Vaticano, que tiene un Concordato firmado con el Estado Argentino en la década de los años 60s.

“También permanece firme la práctica del Estado brindarle sostén económico a la Iglesia Católica, en la forma de salarios para estudiantes seminaristas, algunos sacerdotes, y todos los obispos. Esto constituye nada más el 15 % del presupuesto que maneja la Iglesia Católica en la Argentina, pero en todo caso es evidente su valor simbólico y práctico. Significa que la población argentina que paga impuestos (o trabaja para otras personas que pagan impuestos), pero que no va a las misas, está pagando la formación y parte del sostenimiento.”

Paralelamente el Estado apoya el funcionamiento de los colegios católicos. En este punto cabe señalar que dichos colegios suelen en muchos casos ser colegios  a donde van adolescentes de la clase media alta y alta y que en ellos, aunque no se trata de una política de los colegios, funcionan procesos de identificación social de élite socio-económica, perceptible en el trato con dichas personas y sus familias. Pero más son los colegios que hacen posible a personas de sectores medios, medios inferiores, y hasta de “la clase trabajadora”, enviar a estudiar a sus niños, pagando cuotas económicas.
La fuerza propia de la Iglesia Católica
De hecho, entonces, la Iglesia Católica funciona como una iglesia del Estado y de la nación y recibe favores del erario público, situación que no se modificaría con el nuevo Proyecto. Pero sería injusto decir que esto constituye  simplemente un privilegio donado a la institución. Si bien el público que realmente concurre a la iglesia en forma regular manifestando realmente a través de la práctica religiosa la fe católica, no supera el 10 % de la población de la Argentina, el caudal de personas que dicen ser católicas alcanza o supera el 75 % de dicha población.
En apoyo a su posición en la sociedad argentina, la Iglesia Católica posee un poderoso capital situado en varias áreas. Para el caso corresponde destacar la existencia de una red de universidades, institutos terciarios de formación de profesorado, colegios secundarios y primarios a los que ya ya nos hemos referidos, y personas con sólida formación intelectual, especialmente en el territorio de las ciencias jurídicas y la política. Y también en la sociología aplicada como lo muestra la producción de estadísticas, muy tomadas en cuenta, sobre situación social de sectores desfavorecidos (el Barómetro dela Deuda Social) desde un Instituto de la UCA, Universidad Católica Argentina de la Ciudad de Buenos Aires.
Los actores públicos de la Iglesia Católica por otra parte tienen la capacidad y virtud de hablar sobre los problemas del mundo, los problemas de la sociedad, en un lenguaje universal propio de la política, la economía, las ciencias sociales, la pedagogía. En general las manifestaciones públicas de los obispos tienen este tono y no apelan continuamente a textos sagrados o propios del Magisterio de la Iglesia, aunque se basan en códigos morales subyacentes de origen religioso, pero también humanista.

“En cuanto a la relación con el Estado, la Iglesia Católica actualmente no se orienta hacia el clericalismo, como podría haber sido perceptible hasta hace unas décadas atrás, sino a una distancia entre la Iglesia y el Estado, como tratándose de dos áreas autónomas. Esto constituye una forma  especial de reconocimiento de incumbencias sin ingresar  en el secularismo. Pero, y esto es muy importante, se trata de dos esferas con capacidad de cooperar mutuamente. Lo cual le abre a la Iglesia Católica, empoderada por un gran capital de recursos para la acción social (como hemos venido sosteniendo en este punto), la posibilidad de involucrarse en diversos terrenos, de servicio, por ejemplo.”

Objeción de conciencia y secreto de confesión
A este panorama se le suma en el nuevo Proyecto la adopción del principio de derecho a la objeción de conciencia, que en primera impresión podemos percibir como beneficioso para personas de cultos que rechazan pertenecer a las fuerzas armadas o las transfusiones de sangre (como es el caso de los Testigos de Jehová). Pero quizá el lado más importante de la cuestión, sin embargo, aparezca al considerar que  este derecho puede ser invocado en el ámbito católico por  las personas que trabajan en el territorio de la salud, frente a la aplicación de prácticas de control de la natalidad, entre otras.

“Esta ampliación de derechos, democráticamente abierta a la diversidad cultural, puede ser favorable a la Iglesia Católica y al mismo tiempo resultar sin embargo una fuente de conflictos en la medida en que ciertas instituciones de la salud  (ellas y no solamente las personas singulares) asuman este principio para negarse a ciertas prácticas en las que inciden cuestiones éticas de sexualidad y reproducción humana.”

De un modo semejante el derecho a la objeción de conciencia puede devenir en  una fuente de conflictos en el campo de la enseñanza, en la medida en que personas e instituciones opten por ampararse en el mismo para negarse a dar clases sobre temas de control de la natalidad, usos de anticonceptivos, aceptación de la homosexualidad, eutanasia. Hasta podría ser asumido el amparo en ese derecho para un explícito rechazo de la teoría de la evolución y la negación a enseñarla (como sucede en algunos lugares en los Estados Unidos).
Finalmente, aquí es adecuado señalar que el nuevo Proyecto procura garantizar el derecho al sigilo, una cuestión fundamental para mantener incólume el secreto de confesión, especialmente importante en la vida católica. En las iglesias evangélicas no existe la práctica de la confesión de los pecados basada en la teología de los carismas de los clérigos.
Las iglesias evangélicas frente al nuevo Proyecto
Con ese único término nos referimos indistintamente a las iglesias conocidas como evangélicas o protestantes. Estas iglesias representan el 10% de la población de la Argentina, pero constituyen un conglomerado de esa misma magnitud de personas asistentes regularmente a los cultos semanales.  Este panorama aritmético no es muy diferente del panorama de la Iglesia Católica como recién ha sido explicado al considerar cuánta gente realmente concurre a la iglesia. Pero más allá de eso, las iglesias evangélicas no cuentan con el capital que habíamos considerado al hablar de las fortalezas de la Iglesia Católica para la acción pública. Eso es real al nivel nacional y en este nivel las iglesias evangélicas tienen un peso muy inferior. Sin embargo, cuentan con una considerable capacidad de acción al nivel de municipios y gobernaciones provinciales, en la medida en que los pastores se aproximan a las esferas gubernamentales correspondientes, tratan de obtener recursos para la acción social, cuentan con el interés de los políticos locales para captar potenciales votantes en sectores populares donde estas iglesias pueden alcanzar niveles del 20 % y más de la población.
Coherentemente con su fuerza en los sectores menos beneficiados, estas iglesias  han construido una fuerte posición en las prisiones, donde existen inclusive áreas para los evangélicos. Ahí, en la Provincia de Buenos Aires y la Provincia de Santa Fe, particularmente, han logrado un expreso reconocimiento del Estado.
No obstante la posición en la asimetría del peso en la sociedad argentina, con respecto a la Iglesia Católica, los representantes institucionales del sector más conservador desde el punto de vista bíblico (que es demográficamente el más importante dentro del universo evangélico) adhieren con gran satisfacción al Proyecto y procuran que el liderazgo pastoral apoye su sanción como Ley. En primer término por una cuestión de reconocimiento de su identidad interpretado como “igualdad de cultos”. Las iglesias u organizaciones que no pertenecen al culto Católico Apostólico Romano, pero muy especialmente las evangélicas, dejarían según el nuevo Proyecto. de permanecer en el estatus de asociaciones civiles (lo mismo que un club, mientras que la Iglesia Católica es lo mismo que un Estado) pasando en cambio  a ser reconocidas como propiamente iglesias y religiones.
En segundo término dejarían de ser obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Culto, una institución que tiene un origen en posturas reaccionarias influyentes en el Estado Nacional Argentino a mediados del siglo XX, y tomó la forma que hoy persistente (y que el nuevo Proyecto desarmaría) durante los primeros años de la dictadura que comenzó en 1976, y concluyó en 1981, presidida en entonces por el general de ejército Jorge Rafael Videla, muerto en prisión purgando pena por lesa humanidad (sin expresar nunca arrepentimiento público ni brindar informaciones sobre temas espinosos acerca de las prácticas de tortura y matanza).
Dentro de una nueva institución especializada del Estado Argentino, las iglesias podrían inscribirse de todos modos y por voluntad propia, siendo en tal caso beneficiarias de ventajas impositivas.

“Pero además de estas motivaciones de las iglesias evangélicas para adoptar actitudes positivas hacia el nuevo Proyecto, sucede que las que son mayoritarias y más conservadoras en temas bíblicos y morales, adhieren a las posturas más ortodoxas y oficiales de la Iglesia Católica en materia de bioética. Hecho que favorece a estas iglesias evangélicas y favorece a la Iglesia Católica.”
Lo que vendrá, pensando en la perspectiva de los evangélicos
El nuevo Proyecto de Ley de Libertad Religiosa para la nación argentina ya comenzó a ser tratado en la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto del Congreso Nacional. Los legisladores, es de esperar no se concentrarán ahora en ese tema. Ellos están preocupados por las campañas políticas para las elecciones destinadas en el mes de agosto a elegir candidatos a cargos de diputados y senadores, que luego en el mes de octubre serán colocados frente a la ciudadanía en un segundo round electoral, en el que los hombres y las mujeres votantes deberán decidir quiénes efectivamente irán entonces a ocupar los cargos de diputados y senadores.
Pero cualquiera sea el curso de los acontecimientos posteriores, la existencia de un Proyecto de Ley que pondrá el acento en la libertad religiosa y de conciencia es muy importante para las iglesias evangélicas. Ellas protagonizaron un ciclo de acción colectiva en forma de movimiento social de protesta durante la década de los años 90s, que alcanzó su ápice en el lapso 1999-2001 con reuniones multitudinarias en el centro de la Ciudad de Buenos en torno al Obelisco situado en la que se llama Plaza de la República y desde allí siguiendo a lo largo de la Avenida 9 de Julio. Entonces protestaban por la igualdad de cultos y por una nueva Ley de Culto, que llegó a estar escrita como un nuevo Proyecto que el Poder Ejecutivo iba a enviar al Poder Legislativo. Pero en ese momento, la presidencia de don Fernando de la Rúa, del partido Unión Cívica Radical, colapsó en una compleja maraña política. De la Rúa renunció a su cargo. Y en el área de Culto fueron situados funcionarios que no tuvieron interés en continuar con esa cuestión del sistema jurídico argentino.
En fin éste es un primer panorama aproximativo al tema del Nuevo Proyecto de Ley de Libertad Religiosa, y de Libertad de Conciencia.
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El autor es Dr. en Sociología (UCA), Máster en Ciencia Política con Orientación en Teoría y Método (UFMG, Brasil), Licenciado en Sociología (UBA). Profesor Titular de Metodología y Taller de Tesis en la Universidad Nacional de San Martín. Autor de “Ciudadanos de dos mundos, el movimiento evangélico en la vida pública argentina 1980-2001” (UNSAM, 2009, 391 páginas). A ese exhaustivo estudio sociológico de las movilizaciones evangélicas de la década de 1990, y la formación de la estructura del universo de iglesias evangélicas en Argentina, le siguió “Sal y luz a las naciones, los evangélicos y la política 1980-2001” (Instituto Di Tella y Siglo XXI, 2010, 222 páginas). Recientemente ha publicado el libro pedagógico “Caja de herramientas para hacer la tesis” (EDICON, Consejo Profeional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, 222 páginas). Wynarczyk participó del elenco de asesores de la Secretaría de Culto que formuló el Proyecto del año 2001.

Fuente: ALCNOTICIAS, 2017.

viernes, 10 de junio de 2016

La peligrosa deriva de las leyes anti-conversión



Por. Tehmina Arora, India*
La verdadera medida de cualquier sociedad puede encontrarse en cómo trata a sus miembros más vulnerables.—M K Gandhi
La violencia contra las minorías en India
A pesar de una rica tradición y un marco legal que apoyan la libertad de conciencia y el derecho a practicar, profesar y propagar la religión de preferencia, las minorías religiosas en India encuentran que son víctimas frecuentes de la violencia motivada por la religión.
Según grupos de derechos humanos, en 2015 hubo más de 160 incidentes contra cristianos debido a su fe, la mayoría de los cuales vinieron de Madhya Pradesh, seguido por Tamil Nadu, Uttar Pradesh y Chhattisgarh. Los casos incluyeron ataques físicos, amenazas e intimidación. En algunos casos, hubo mujeres que informaron haber sido atacadas y amenazadas sexualmente.[1]
Según el Ministerio del Interior, hubo más de 630 incidentes entre comunidades entre enero y octubre de 2015. La violencia entre comunidades en India registró un incremento de incidentes de 24%, y de muertes relacionadas de 65%, en los primeros cinco meses de 2015.[2]
En su informe anual para 2015, la Comisión para la Libertad Religiosa Internacional de Estados Unidos (USCIRF) señaló que, desde las elecciones general de 2014 en India, las comunidades de minorías religiosas han estado sometidas a “comentarios despectivos de políticos vinculados con el gobernante Partido Janata Party (BJP)” y “numerosos ataques violentos y conversiones forzadas por grupos nacionalistas hindúes” como Rashtriya Swayamsevak Sangh (RSS) y Vishva Hindu Parishad (VHP).[3]
Aseveraciones de conversiones religiosas
Una de las principales causas de violencia contra la población cristiana minoritaria es que se han hecho aseveraciones de conversiones por fuerza o por inducción. En un caso reciente,[4] miembros de Bajrang Dal, una organización extremista hindú, tomó a un pastor y lo hizo desfilar sobre un asno en el estado de Uttar Pradesh, en el norte de India, con su cabeza medio rapada. Adujeron que el pastor convirtió a un hombre sin su consentimiento. De manera similar, en el estado de Madhya Pradesh, en el centro de India, la policía arrestó a 13 personas, incluyendo una pareja de ciegos, el 14 de enero de 2016, porque habrían intentado convertir a unos pocos residentes ofreciéndoles incentivos o usando la fuerza.[5]
Si bien hay numerosos incidentes de este tipo que salen a la luz cada año, hay muy poca evidencia que muestre que los cristianos hayan participado en prácticas coercitivas para obtener nuevos conversos. Asma Jahangir, la Relatora Especial de la ONU sobre Libertad de Religión o de Creencias, señaló en su informe sobre India en 2011 que:
“Aun en los estados indios que han adoptado leyes sobre la conversión religiosa, parece haber solo pocas condenas, si hay alguna, por conversiones mediante el uso de la fuerza, incentivos o medios fraudulentos. En Orissa, por ejemplo, los oficiales de distrito y oficiales de primer nivel en la Secretaría de Estado no han podido citar o aducir una sola infracción de la Ley de Libertad de Religión de Orissa de 1967”.[6]
A pesar de la ausencia de datos creíbles que apoyen leyes que restringen las conversiones religiosas en India, hay voces dentro del gobierno que han solicitado una ley nacional.[7] En abril de 2016, el Ministro de Interior de la Unión, Rajnath Singh, del BJP solicitó[8] una ley contra la conversión a nivel nacional en respuesta a informes de reconversiones coercitivas al hinduismo y varios ataques contra miembros de comunidades religiosas.[9]
Restricciones legales
Se han promulgado leyes similares en el nivel estatal o provincial en Odisha (conocido anteriormente como Orissa) en 1967, Madhya Pradesh (1968), Arunachal Pradesh (1978), Gujarat (2003) e Himachal Pradesh (2006). Tituladas eufemísticamente “leyes de libertad de religión”, son conocidas comúnmente como leyes contra la conversión:

  • En 2002, la asamblea estatal de Tamil Nadu aprobó la Ley de Prohibición de Conversión Forzosa de Religión, que fue derogada en 2004, luego de la derrota de la coalición liderada por el BJP.

  • En 2006, el gobierno liderado por el BJP en Rajasthan aprobó una ley de libertad de religión similar. Sin embargo, el acuerdo del Presidente de India sigue pendiente diez años luego de que la ley aprobada le fuera enviada.

  • El BJP en Madhya Pradesh y Chhattisgarh buscó también, infructuosamente, endurecer las leyes existentes el mismo año.

Características básicas de las leyes
Estas leyes son muy similares en su contenido, y afirman prohibir las conversiones por la fuerza, el fraude, los incentivos o la inducción. Las leyes dicen que ninguna persona convertirá o intentará convertir, ya sea de manera directa o de otra forma, a ninguna persona de una fe religiosa a otra mediante el uso de la fuerza o por incentivos, o por cualquier medio fraudulento, y ninguna persona incitará cualquier conversión de este tipo.
Castigos
Las leyes tienen disposiciones penales y castigos, que por lo general van de hasta un año de prisión y una multa de hasta 5.000 rupias indias a hasta tres años de prisión y una multa de hasta 25.000 rupias indias. El castigo es más estricto si existe alguna evidencia de conversión por la fuerza, fraude o incentivos entre mujeres, niños y dalits (previamente “intocables”, según el sistema de castas de India) o grupos tribales. Si uno no envía notificación o pide permiso al magistrado del distrito antes de hacer una conversión o participar en una ceremonia de conversión se hace pasible también de una multa bajo esas leyes.
Efecto de las leyes
Informes de las diferentes comunidades minoritarias y agencias de derechos humanos revelan que estas leyes fomentan la hostilidad hacia las comunidades religiosas minoritarias. En varios estados, se han hecho acusaciones, bajo las leyes de libertad de religión, contra miembros de la comunidad cristiana minoritaria. Ha habido, también, ataques frecuentes contra la comunidad de parte de miembros de grupos hindúes de derecha, bajo el pretexto de conversiones “forzosas”.[10]
Asia del Sur
A pesar del efecto de estas disposiciones, Nepal, Bután y Myanmar han promulgado también leyes similares, y Nepal ha llegado a incluirlas en la recientemente adoptada constitución. Una propuesta similar fue introducida en Sri Lanka, pero fue derogada por la Corte Suprema en 2004.[11]
Nepal
El artículo 26 de la Constitución de Nepal, de 2015 (2072), protege la libertad de la religión, y dice: “(1) Toda persona será libre para profesar, practicar y preservar su religión de acuerdo con su creencia”.
Sin embargo, la sección 26(3) de la constitución dice que “ninguna persona actuará o hará que otras personas actúen de una manera que sea contraria a la salud, decencia y moralidad públicas, o se comportará o actuará para hacer que otros alteren la situación de la ley y el orden públicos, o convertirá a una persona de una religión a otra religión, o perturbará la religión de otras personas. Un acto tal será punible por la ley”.
El Código General, en el capítulo 19, que trata la Decencia/Etiqueta (“Adal”), dice, en el número 1.512:
“Nadie propagará ninguna religión de forma tal que socave la religión de otra persona, ni hará que otra persona se convierta a su propia religión. Si una persona intenta hacer un acto tal, será pasible de prisión por un término de tres años, y si la persona ya ha causado la conversión de la religión de otra persona, será pasible de encarcelamiento por un término de seis años, y si dicha persona es extranjera, será deportada de Nepal una vez cumplido el encarcelamiento”.
Bután
La Constitución de Bután dice, en el artículo 7:4: “Un ciudadano de Bután tendrá derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Ninguna persona será obligada a pertenecer a otra creencia mediante la coacción o incentivos”.
En cumplimiento de esta disposición, la legislatura enmendó el Código Penal. La recién introducida sección 463 (A) dice: “Un acusado será culpable de la ofensa de obligar a otros a pertenecer a otra creencia si el acusado usa la coerción u otras formas de incentivos para causar la conversión de una persona de una religión o creencia a otra”.
La sección 5 (g) de la Ley de Organizaciones Religiosas de 2007 dice, también, que “ninguna organización religiosa obligará a ninguna persona a pertenecer a otra creencia mediante la provisión de una recompensa o incentivo para que una persona pertenezca a otra creencia”.
Myanmar
La traducción no oficial de la Organización de Derechos Humanos de los Chin sobre la Ley de Conversión Religiosa dice:
“14. No se permitirá a nadie solicitar la conversión a una nueva religión con la intención de insultar, degradar, destruir o abusar de ninguna religión.
15. Nadie obligará a una persona a cambiar su religión a través de una deuda contraída, incentivos, intimidación, influencia indebida o presión”.
La ley exige también que la persona que desea convertirse dé a las autoridades un indicio de su conversión, de modo que puedan llevar a cabo una investigación al respecto. Los potenciales conversos tendrían que tomar también clases especiales para entender los fundamentos de la religión.[12]
Pakistán
Si bien Pakistán no tiene leyes contra la conversión, las leyes relacionadas con la blasfemia tienen un efecto muy similar sobre las personas que se convierten a religiones que no son el islam.[13]
Conclusión
Un análisis detallado de estas leyes revela que, lejos de promover o proteger la libertad religiosa, han servido para minar las garantías de libertad religiosa bajo la constitución india, y la ley y los pactos internacionales de los que India es un firmante.
Las leyes contra las conversiones, motivadas principalmente por una ideología religiosa, no logran el propósito en sí para el cual han sido promulgadas. Al contrario, proveen una oportunidad para que fuerzas divisivas apunten contra los derechos protegidos por la constitución de grupos minoritarios, y plantean una seria amenaza para la práctica y la propagación libres de creencias religiosas.
Además, las leyes no dan cuenta de la participación de los conversos, y los tratan, en cambio, como receptores pasivos de presiones externas (y aparentemente no deseadas) de conversores “depredadores”. Tienden a tratar a todas las conversiones religiosas como sospechosas, y pasibles de investigación y acusación.
La introducción de disposiciones similares en los demás sistemas legales surasiáticos es una tendencia perturbadora, y exige la atención de la comunidad internacional, ya que contrastan directamente con los derechos y las libertades garantizadas bajo la ley internacional.
Esta propagación descontrolada de leyes contra la conversión afectará la protección y la seguridad de los cristianos del lugar, dondequiera que ocurran, como ha sido el caso de India.

*Tehmina Arora es una abogada que sirve como Asesora Senior de Asia del Sur para ADF International. Este artículo es una versión revisada de su artículo que apareció en International Institute of Religious Freedom Report (Volume 1, No: 2).
Notas al pie
[1] Datos recopilados decowever, section 26(3) of the CC www.SpeakOutAgainstHate.Org.
[6] Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Report of the Special Rapporteur on Freedom of Religion or Belief, Asma Jahangir : addendum : mission to India (Informe de la Relatora Especial sobre Libertad de la Religión o de Creencias : apéndice : misión a India), 26 de enero de 2009, A/HRC/10/8/Add.3, http://www.refworld.org/docid/498ae8032.html, consultado el 12 de abril de 2016.
[10] En su informe de 2011, la USCIRF, tomando nota de esta tendencia, señaló que: “El hostigamiento y la violencia contra minorías religiosas parecen ser más pronunciados en estados que han adoptado leyes de ‘libertad de religión’ o están considerando leyes de este tipo”. El informe afirma, además: “Estas leyes han producido pocos arrestos y no se habría producido ninguna condena”. Según el Departamento de Estado de EE. UU., entre junio de 2009 y diciembre de 2010, hubo aproximadamente 27 arrestos en Madhya Pradesh y Chhattisgarh, pero no produjeron ninguna condena.

Fuente: Protestantedigital, 2016