¡Vos podes ayudarnos!

---
;
Mostrando entradas con la etiqueta Juan Calvino.. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Juan Calvino.. Mostrar todas las entradas

sábado, 17 de septiembre de 2016

¿Por qué persiguieron algunos calvinistas a Casiodoro de Reina? (II)



Por. Carlos Martínez García, México
Casiodoro de Reina salió de Ginebra hacia Londres, con la esperanza de tener mejores condiciones para su ministerio. Llegó a la capital inglesa a fines de 1558. Elizabeth I había ascendido al trono el 17 de noviembre, y coronada como reina el 15 de enero de 1558. El cambio político en la corona inglesa atrajo al país refugiados protestantes de muchas partes de Europa, Casiodoro entre ellos.
Como expuse la semana anterior, Reina decidió abandonar Ginebra, entre otros motivos, por el conocimiento que tuvo estando en la ciudad de la ejecución de Miguel Servet en 1553, ya que “los espíritus y almas afines sufren así por empatía, y Reina era un espíritu afín a Servet, no tanto en ideas religiosas como en la independencia de toda forma de autoridad religiosa externa” (José C. Nieto, El renacimiento y la otra España. Visión sociespiritual, Librairie Droz , Ginebra, 1997, p. 469).
Otro monje de los que huyeron en 1557 del Monasterio de San Isidoro del Campo, Cipriano de Valera, también salió de Ginebra aunque por razones distintas a las de Reina, ya que el primero no tuvo dificultades con la “fe calvinista a la cual siempre fue fiel, y a la cual directamente contribuyó con su traducción de las Instituciones de Calvino, que es también una obra clásica del castellano del siglo XVI por su prosa y complejidad teológica magníficamente expresadas en la enjundiosa traducción tan castiza de Valera” (José C. Nieto, op. cit., p. 465). Como Ginebra estaba “saturada de refugiados”, tal situación limitaba las oportunidades ministeriales y Valera consideró tendría mayores posibilidades para ejercer sus talentos en Inglaterra.
Carlos Gilly considera que Reina inició en Ginebra planes para efectuar la traducción de la Biblia al castellano. Del tema conversó con Juan Pérez de Pineda, traductor del Nuevo Testamento publicado en 1556, publicado en Ginebra por Jean Crespin. “A estos mismos planes aludió Casiodoro seguramente en uno de sus encuentros con Calvino” (Historia de la Biblia de Casiodoro de Reina, documento fotocopiado, Basilea, 1998, p. 1).
Ya instalado en Londres, Reina intensifica las tareas de traducción bíblica, a la vez que solicita de la Reina Isabel I su venia para iniciar la Iglesia española en Londres. En 1560 el permiso le es otorgado y junto con sus feligreses ocupa el templo de Santa María de Axe. Por su labor recibe apoyo real por 60 libras anuales. Uno de los congregantes era Cipriano de Valera. En la congregación que pastoreaba, Reina abrió sus puertas a italianos y neerlandeses rechazados en otras iglesias (Nieto, op. cit., p. 465; Carlos Gilly, op. cit., p. 2).
Entre los documentos para fundamentar la solicitud con el fin de iniciar la Iglesia española, Casiodoro de Reina redactó en enero de 1560 la Confesión de fe christiana, hecha por ciertos fieles españoles, los quales, huyendo [de] los abusos de la iglesia Romana y la crueldad de la Inquisitión de España, dexaron su patria, para ser recibidos de la Iglesia de los fieles, por hermanos en Christo (esta Confesión la reproduce Raymond S. Rosales, Casiodoro de Reina, patriarca del protestantismo hispano, Concordia Seminary, Saint Louis, Missouri, 2002, pp. 187-208).
Para los críticos de Reina su Confesión era ambigua, según la particular ortodoxia de quien lo juzgara desde una de las familias confesionales protestantes que se estaban consolidando en la segunda mitad del siglo XVI. Acerca de la Trinidad, la que aceptaba con ciertos matices conceptuales, Reina afirmó: “creemos hallarse estas tres personas en la misma substancia, naturaleza y esencia de un Dios”, sin embargo, acotaba, que las palabras trinidad y persona “no se encuentran en las Escrituras”. Apuntó que la enseñanza sobre la Trinidad surgió en un momento histórico de confrontación doctrinal, realidad que le hizo conformarse “con toda la Iglesia de los pío, admitimos los nombres de Trinidad, y de persona, de los cuales los Padres de la Iglesia antigua usaron, usurpándolos (no sin gran necesidad) para declarar lo que sentían contra los errores y las herejías de sus tiempos acerca de este artículo” (Raymond S. Rosales, op. cit., p. 105 y Casiodoro de Reina, op. cit., p. 188).
Otro apartado de la Confesión que le atraería problemas a Reina fue el relativo al bautismo, sobre todo el punto tercero, donde escribió: “Y aunque no haya expresa mención en la Divina Escritura que el bautismo se dé a los niños antes que tengan uso de razón, conformámosnos empero con la Iglesia del Señor, que tiene por más conforme a la misma Escritura dárselo que dejar de dárselo, pues que por beneficio del Señor, y por su promesa, no menos pertenecen a su alianza que los Padres”.
Como bien observa Jorge Ruiz Ortiz, resumiendo las consideraciones de Gordon A. Kinder, estudioso inglés y profundo conocedor de la biografía y obra de Casiodoro de Reina, la Confesión es “un documento 1) de carácter bíblico y práctico, 2) por su forma y contenido, muy personal, y 3) problemático desde el punto de vista doctrinal. Esta última característica es sin duda la más destacable de la obra. Podemos afirmar que Reina hace gala de una marcada ambigüedad doctrinal, una ambigüedad doctrinal que podría haber pasado inadvertida en nuestros días, pero que ciertamente la Reforma del siglo XVI no estaba ni preparada ni dispuesta a admitir. No es sorprendente constatar que, por todas estas razones, la confesión de Reina no haya podido convertirse en un documento doctrinal válido para la Iglesia. Más bien sucedió lo contrario: en su día generó una fuerte polémica y con el tiempo, ha pasado al olvido” (Jorge Ruiz Ortiz, “La Confesión de Fe de Casiodoro de Reina, ¿Una Confesión reformada?”, Aletheia, núm. 2, 2003, cito de la versión capturada en Word, p. 2).
La mencionada ambigüedad doctrinal de Reina le atrajo la animadversión de las iglesias de extranjeros existentes en Londres, “ya que todas eran calvinistas” (Raymond S. Rosales, op. cit., p. 102). Además de esto, sus adversarios lo acosaban por haber cultivado contacto “con dos excluidos de la Iglesia reformada: el holandés Adriaan Haemstede [y] el italiano Acontius”. El primero, al igual que Reina, había defendido el derecho de los anabautistas a mantener sus creencias y sostenía que no debían ser perseguidos. Por su parte Acontius, estuvo de parte de Sebastián Castellio en la controversia que sostuvo con Calvino. Adicionalmente, Reina se dio tiempo en Londres para “profundizar la lectura de los grandes teólogos reformados, Lutero, Calvino, Zwinglio, pero también la de los hombres de la Reforma radical, como Velsius, Schwenckfeld y Osiander” (Jorge Ruiz Ortiz, op. cit., p. 4. Del segundo de estos reformadores reproducen escritos John Howard Yoder, Textos escogidos de la Reforma radical, Editorial La Aurora, Buenos Aires, 1976, pp. 439-451; George H. Williams y Ángel M. Mergal, Spiritual and Anabaptist Writers, The Westminster Press, Philadelphia, 1957, pp. 161-181).
En 1561 Reina contrajo matrimonio con Ana, originaria de los Países Bajos, y procrearían varios hijos. Por dos flancos fue cercado Casiodoro de Reina. Por un lado los agentes inquisitoriales cooptaron a Gaspar Zapata, asistente del exiliado español, quien les pasaba información sobre los escritos y actividades de Reina. En tanto el grupo de calvinistas que le señalaba de ser oscilante en cuanto a sus creencias y simpatizar con Servet y Castellio, pasó en agosto de 1563 a sumar un cargo grave: el de sodomía (Enrique Fernández Fernández, Las biblias castellanas del exilio, Editorial Caribe, Miami, Florida, 1976, p. 115; Raymond S. Rosales, op. cit., p. 107).
La sodomía entonces era entendida como actos homosexuales consumados. Los acusadores hicieron correr la versión de que Reina antes de su matrimonio habría tenido relaciones con un mozo, Jean de Bayonne. Formalmente lo acusaron de sodomía los pastores calvinistas de las iglesias francesa y holandesa en Londres, Jean Cousin y Johannes Utenhovius. Reina refutó la acusación. El 21 de septiembre de 1563 inició el juicio contra Casiodoro por cuestiones doctrinales. Dos días más tarde se trataría el cargo de sodomía. Llegada la fecha, Reina no se presentó y después se supo que había huido de Inglaterra. Lo hizo ante el temor de no ser escuchado por sus enjuiciadores y la sospecha que la decisión ya estaba tomada en su contra (en este párrafo he seguido de cerca la relación de hechos narrada por Raymond S. Rosales, op. cit., pp. 107-109).
Tras salir de Inglaterra, Reina y su esposa iniciaron un periplo que les llevaría a varios países, entre ellos, Holanda, Alemania, Francia, Suiza. Durante quince años y en distintos lugares algunos calvinistas hicieron resurgir el señalamiento de sodomita contra Reina, este cargo siempre lo rechazó y defendió su inocencia. En tanto el monarca español Felipe II puso precio a la cabeza de Reina, como quedó constancia en una carta del gobernador de Amberes a la regente de los Países Bajos, Margarita de Parma, hermana de Felipe II, en la cual se afirmaba que la Corona española había “gastado grandes sumas de dineros por hallar y descubrir al dicho Casiodoro, para poderle detener, si por ventura se encontrase en las calles o en cualquier otro lugar, prometiendo una suma de dinero a quien le descubriese” (Carlos Gilly, op. cit., p. 3).
Fue hasta 1578 cuando Casiodoro de Reina se traslada de Amberes, donde era pastor en una iglesia luterana, a Londres para enfrentar nuevamente las acusaciones sobre su doctrina y sodomía. En diciembre de aquel año comenzó un nuevo juicio sobre los cargos hechos quince años atrás. En marzo de 1579 quedó exonerado. Una cuidadosa revisión del expediente y los antecedentes de sus acusadores evidenció que los testigos que señalaron a Reina de sodomía, los españoles Francisco de Ábrego y Gaspar Zapata, habían sido agentes encubiertos al servicio de la Inquisición española e incluso salieron a la luz los pagos recibidos por ser parte del complot contra Casiodoro.
Como hemos visto, se conjuntaron agentes inquisitoriales y algunos pastores y líderes calvinistas para perseguir a Reina y evitar así que prosiguiera con su ministerio. La persecución no lo detuvo para darse denodadamente a la traducción de la Biblia en castellano, la que fue publicada en 1569. Desde 1578 fue pastor luterano en distintas iglesias, hasta su muerte en Fráncfort, el 15 de marzo de 1594.

Fuente: Protestantedigital, 2016.

domingo, 12 de junio de 2016

Los textos políticos de Calvino (I)



Por. Leopoldo Cervantes-Ortiz, México
La doctora Marta García-Alonso (Oviedo, 1972), profesora del Departamento de Filosofía y Filosofía Moral y Política de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED),[1] acuciosa investigadora sobre Juan Calvino y su obra, presenta una excelente selección de textos políticos del reformador franco-ginebrino.
Portada del libro.
Se trata de la tercera obra consecutiva que dedica al tema luego de La teología política de Calvino, edición de su tesis doctoral (Barcelona, Anthropos, 2008), y Calvino (1509-1564), monografía aparecida en 2009 (Ediciones del Orto), año de las celebraciones por los 500 años del nacimiento del autor de la Institución de la religión cristiana, sin olvidar los innumerables ensayos dedicados a temas cercanos a la reforma calviniana, entre los que destacan: “La contrarrevolución jurídica de Calvino” (2007), “El control protestante de la transgresión moral: ¿Disciplina o derecho?” (2007), “Calvin and the Ecclesiastical Power of Jurisdiction” (Calvino y el poder eclesiástico de jurisdicción, 2008), “Le pouvoir disciplinaire chez Calvin”, (El poder disciplinario en Calvino, 2010), “Biblical Law as the source of morality in Calvin” (La ley bíblica como fuente de moralidad en Calvino, 2011), por citar algunos.[2] Puede verse un video de su participación en la serie académica “Nuevos retos del laicismo” en internet (www.youtube.com/watch?v=OBkng_f7-zI).
García Alonso es Licenciada en Filosofía (Premio extraordinario) y Derecho canónico por la Universidad Pontificia Comillas, Maestra en Bioética (UNED), Maestra en Neurociencias (Instituto de Altos Estudios Universitarios) y Doctora en Filosofía (Doctorado Europeo y Premio Extraordinario) por la UNED. Ha sido becaria e investigadora invitada en el Instituto de Estudios Políticos/CNRS-Universidad de Bordeaux IV (1996), la Universidad Católica de Lovaina (1997), la Escuela Práctica de Altos Estudios (París, 1999 y 2000), el Instituto de Historia de la Reforma (Ginebra, 2001, 2005, 2006, y donde se encuentra actualmente), la Escuela Normal Superior (Lyon, 2007-2008), la Maison Française (Oxford, 2012) y el Centro para las Ideas y la Sociedad (Universidad de California, Riverside, 2014). Además, ha sido investigadora principal del proyecto “Los primeros pasos del laicismo: Spinoza y Bayle”.
El volumen en cuestión viene a complementar, por así decirlo, el correspondiente a Lutero (Escritos políticos), publicado por la misma editorial en 1986, traducido y con un estudio preliminar por Joaquín Abellán. Esta nueva entrega de García Alonso representa la conclusión de varios años de investigación, aderezados ahora por un notable esfuerzo de traducción, puesto que, como ella misma explica, se dio a la tarea de volver a traducir las secciones escogidas de la obra calviniana, a saber: el parágrafo 20, 1-32, del libro cuarto de la Institución; el comentario a la Epístola a los Romanos 13.1-14; el sermón sobre Génesis 16.5-9, del 23 de marzo de 1560; y la carta al Almirante Coligny del 16 de abril de 1561. Parecen pocos textos, pero lo cierto es que la extensión de los mismos, así como la manera en que son introducidos a los lectores para apreciar su importancia justifican plenamente su inclusión en esta colección dedicada a la difusión del pensamiento político de autores imprescindibles.
La selección de estos textos está precedida por un amplio estudio preliminar dividido en cuatro partes: biografía y formación de Calvino, explicación sobre la edición, cronología y bibliografía. Su horizonte de investigación es claro y consecuente al momento de abordar la vertiente política del pensamiento religioso del reformador, el cual sin ninguna duda prevalece sobre aquélla:
Si hubiera que calificar a Calvino de algún modo sería, a nuestro modo de ver, como un hombre de Iglesia. Su interés en la teoría política, en sí misma, fue absolutamente menor en relación a su esfuerzo por elaborar un nuevo modelo eclesial (dogmático y jurídico) que pudiera reemplazar al católico-romano, sin reducir la Iglesia a su mínima expresión institucional como propuso Lutero. Como consecuencia, será el Estado el que haya de acomodarse a la Ley divina, pues sólo así se justifica positivamente el papel de la política.[3]
Calvino actuó políticamente, explica la autora, mediante una suerte de “teocracia negociada” en la medida en que esa actuación influyera definitivamente en la conformación de un nuevo rostro de la Iglesia, ya reformada, bajo su conducción, aun cuando le llevó largos años negociar con los poderes tradicionales de Ginebra, cuya historia libertaria estuvo profundamente asociada a los cambios religiosos, tanto así que la proclamación de la República se llevó a cabo en agosto de 1536, apenas tres meses después de la aceptación formal de la Reforma y uno después de la llegada de Calvino a la ciudad, invitado por Guillermo Farel. En este sentido, el estudio menciona muy acertadamente la influencia que ejercieron sobre Calvino las determinaciones de Berna, ciudad que desde 1528 había optado decididamente por la Reforma luterana y de Farel, su compañero y orientador, y quien había sido uno de los actores decisivos en Berna para aquella gran decisión de carácter religioso y político. Todo ello está narrado magistralmente en las páginas XV-XIX del estudio preliminar.
Marta García-Alonso.
El manejo de las fuentes primarias y de las mejores secundarias en diversos idiomas hace de la obra uno de los mejores acercamientos a Calvino en castellano hasta la fecha, sobre todo porque actualiza la bibliografía y, asimismo, se ciñe estrictamente a observar aquellos aspectos en los que la doctrina del reformador adquieren los matices políticos que a la estudiosa le interesa destacar. Con ello se deslinda de los interminables debates acerca de los obligados asuntos espinosos, como el de la predestinación, que discutió García-Alonso en el volumen anterior. El objetivo de la autora, que se cumple a cabalidad, es “hacer un pequeño recorrido histórico de esos desencuentros” para “contextualizar la propuesta política del reformador francés, puesto que sólo con este telón de fondo puede entenderse su posición acerca del poder, de sus límites y sus obligaciones, así como el papel del pueblo en el proceso de legitimación política”.[4]
En una nota, la autora advierte que, en efecto, en un análisis de este tipo no hay lugar para referirse a la eclesiología de Calvino, pero recomienda “que el lector tenga en cuenta que su pensamiento político sólo se entiende en un contexto más general, dogmático y eclesiológico”.[5] Estamos, pues, ante un abordaje nada complaciente, y mucho menos apologético, de la obra calviniana en marcha y, por lo tanto, sujeta a los cambios y modificaciones que le exigieron las diferentes coyunturas y ante las cuales se situó el pastor y dirigente religioso para encauzar su trato con los poderes del momento, algo nada sencillo de realizar en su momento y que le ha granjeado mucha incomprensión con el paso de los siglos desde diferentes espacios ideológicos y religiosos. Si por algo hay que celebrar la aparición de este volumen es precisamente por la clarificación de acontecimientos socio-políticos que, por lo general, son vistos de manera muy parcial y abreviada.


[1] Véase el sitio de la Universidad Estatal a Distancia: http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,697434&_dad=portal.
[2] Las referencias a las publicaciones de García-Alonso se encuentran en: http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,697434&_dad=portal.  Cf. L. Cervantes-O., “Marta García Alonso, calvinóloga española”, en Magacín, de Protestante Digital, 16 de octubre de 2009, http://protestantedigital.com/magacin/9578/Marta_Ga_Alonso_calvinologa_espanola.
[3] M. García-Alonso, “Estudio preliminar”, en Calvino. Textos políticos. Madrid, Tecnos, 2016, p. XIV.
[5] Ibíd., nota 9, p. XV.

Fuente: Protestantedigital, 2016.