¡Vos podes ayudarnos!

---
;
Mostrando entradas con la etiqueta Lausana. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Lausana. Mostrar todas las entradas

viernes, 10 de junio de 2016

La peligrosa deriva de las leyes anti-conversión



Por. Tehmina Arora, India*
La verdadera medida de cualquier sociedad puede encontrarse en cómo trata a sus miembros más vulnerables.—M K Gandhi
La violencia contra las minorías en India
A pesar de una rica tradición y un marco legal que apoyan la libertad de conciencia y el derecho a practicar, profesar y propagar la religión de preferencia, las minorías religiosas en India encuentran que son víctimas frecuentes de la violencia motivada por la religión.
Según grupos de derechos humanos, en 2015 hubo más de 160 incidentes contra cristianos debido a su fe, la mayoría de los cuales vinieron de Madhya Pradesh, seguido por Tamil Nadu, Uttar Pradesh y Chhattisgarh. Los casos incluyeron ataques físicos, amenazas e intimidación. En algunos casos, hubo mujeres que informaron haber sido atacadas y amenazadas sexualmente.[1]
Según el Ministerio del Interior, hubo más de 630 incidentes entre comunidades entre enero y octubre de 2015. La violencia entre comunidades en India registró un incremento de incidentes de 24%, y de muertes relacionadas de 65%, en los primeros cinco meses de 2015.[2]
En su informe anual para 2015, la Comisión para la Libertad Religiosa Internacional de Estados Unidos (USCIRF) señaló que, desde las elecciones general de 2014 en India, las comunidades de minorías religiosas han estado sometidas a “comentarios despectivos de políticos vinculados con el gobernante Partido Janata Party (BJP)” y “numerosos ataques violentos y conversiones forzadas por grupos nacionalistas hindúes” como Rashtriya Swayamsevak Sangh (RSS) y Vishva Hindu Parishad (VHP).[3]
Aseveraciones de conversiones religiosas
Una de las principales causas de violencia contra la población cristiana minoritaria es que se han hecho aseveraciones de conversiones por fuerza o por inducción. En un caso reciente,[4] miembros de Bajrang Dal, una organización extremista hindú, tomó a un pastor y lo hizo desfilar sobre un asno en el estado de Uttar Pradesh, en el norte de India, con su cabeza medio rapada. Adujeron que el pastor convirtió a un hombre sin su consentimiento. De manera similar, en el estado de Madhya Pradesh, en el centro de India, la policía arrestó a 13 personas, incluyendo una pareja de ciegos, el 14 de enero de 2016, porque habrían intentado convertir a unos pocos residentes ofreciéndoles incentivos o usando la fuerza.[5]
Si bien hay numerosos incidentes de este tipo que salen a la luz cada año, hay muy poca evidencia que muestre que los cristianos hayan participado en prácticas coercitivas para obtener nuevos conversos. Asma Jahangir, la Relatora Especial de la ONU sobre Libertad de Religión o de Creencias, señaló en su informe sobre India en 2011 que:
“Aun en los estados indios que han adoptado leyes sobre la conversión religiosa, parece haber solo pocas condenas, si hay alguna, por conversiones mediante el uso de la fuerza, incentivos o medios fraudulentos. En Orissa, por ejemplo, los oficiales de distrito y oficiales de primer nivel en la Secretaría de Estado no han podido citar o aducir una sola infracción de la Ley de Libertad de Religión de Orissa de 1967”.[6]
A pesar de la ausencia de datos creíbles que apoyen leyes que restringen las conversiones religiosas en India, hay voces dentro del gobierno que han solicitado una ley nacional.[7] En abril de 2016, el Ministro de Interior de la Unión, Rajnath Singh, del BJP solicitó[8] una ley contra la conversión a nivel nacional en respuesta a informes de reconversiones coercitivas al hinduismo y varios ataques contra miembros de comunidades religiosas.[9]
Restricciones legales
Se han promulgado leyes similares en el nivel estatal o provincial en Odisha (conocido anteriormente como Orissa) en 1967, Madhya Pradesh (1968), Arunachal Pradesh (1978), Gujarat (2003) e Himachal Pradesh (2006). Tituladas eufemísticamente “leyes de libertad de religión”, son conocidas comúnmente como leyes contra la conversión:

  • En 2002, la asamblea estatal de Tamil Nadu aprobó la Ley de Prohibición de Conversión Forzosa de Religión, que fue derogada en 2004, luego de la derrota de la coalición liderada por el BJP.

  • En 2006, el gobierno liderado por el BJP en Rajasthan aprobó una ley de libertad de religión similar. Sin embargo, el acuerdo del Presidente de India sigue pendiente diez años luego de que la ley aprobada le fuera enviada.

  • El BJP en Madhya Pradesh y Chhattisgarh buscó también, infructuosamente, endurecer las leyes existentes el mismo año.

Características básicas de las leyes
Estas leyes son muy similares en su contenido, y afirman prohibir las conversiones por la fuerza, el fraude, los incentivos o la inducción. Las leyes dicen que ninguna persona convertirá o intentará convertir, ya sea de manera directa o de otra forma, a ninguna persona de una fe religiosa a otra mediante el uso de la fuerza o por incentivos, o por cualquier medio fraudulento, y ninguna persona incitará cualquier conversión de este tipo.
Castigos
Las leyes tienen disposiciones penales y castigos, que por lo general van de hasta un año de prisión y una multa de hasta 5.000 rupias indias a hasta tres años de prisión y una multa de hasta 25.000 rupias indias. El castigo es más estricto si existe alguna evidencia de conversión por la fuerza, fraude o incentivos entre mujeres, niños y dalits (previamente “intocables”, según el sistema de castas de India) o grupos tribales. Si uno no envía notificación o pide permiso al magistrado del distrito antes de hacer una conversión o participar en una ceremonia de conversión se hace pasible también de una multa bajo esas leyes.
Efecto de las leyes
Informes de las diferentes comunidades minoritarias y agencias de derechos humanos revelan que estas leyes fomentan la hostilidad hacia las comunidades religiosas minoritarias. En varios estados, se han hecho acusaciones, bajo las leyes de libertad de religión, contra miembros de la comunidad cristiana minoritaria. Ha habido, también, ataques frecuentes contra la comunidad de parte de miembros de grupos hindúes de derecha, bajo el pretexto de conversiones “forzosas”.[10]
Asia del Sur
A pesar del efecto de estas disposiciones, Nepal, Bután y Myanmar han promulgado también leyes similares, y Nepal ha llegado a incluirlas en la recientemente adoptada constitución. Una propuesta similar fue introducida en Sri Lanka, pero fue derogada por la Corte Suprema en 2004.[11]
Nepal
El artículo 26 de la Constitución de Nepal, de 2015 (2072), protege la libertad de la religión, y dice: “(1) Toda persona será libre para profesar, practicar y preservar su religión de acuerdo con su creencia”.
Sin embargo, la sección 26(3) de la constitución dice que “ninguna persona actuará o hará que otras personas actúen de una manera que sea contraria a la salud, decencia y moralidad públicas, o se comportará o actuará para hacer que otros alteren la situación de la ley y el orden públicos, o convertirá a una persona de una religión a otra religión, o perturbará la religión de otras personas. Un acto tal será punible por la ley”.
El Código General, en el capítulo 19, que trata la Decencia/Etiqueta (“Adal”), dice, en el número 1.512:
“Nadie propagará ninguna religión de forma tal que socave la religión de otra persona, ni hará que otra persona se convierta a su propia religión. Si una persona intenta hacer un acto tal, será pasible de prisión por un término de tres años, y si la persona ya ha causado la conversión de la religión de otra persona, será pasible de encarcelamiento por un término de seis años, y si dicha persona es extranjera, será deportada de Nepal una vez cumplido el encarcelamiento”.
Bután
La Constitución de Bután dice, en el artículo 7:4: “Un ciudadano de Bután tendrá derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Ninguna persona será obligada a pertenecer a otra creencia mediante la coacción o incentivos”.
En cumplimiento de esta disposición, la legislatura enmendó el Código Penal. La recién introducida sección 463 (A) dice: “Un acusado será culpable de la ofensa de obligar a otros a pertenecer a otra creencia si el acusado usa la coerción u otras formas de incentivos para causar la conversión de una persona de una religión o creencia a otra”.
La sección 5 (g) de la Ley de Organizaciones Religiosas de 2007 dice, también, que “ninguna organización religiosa obligará a ninguna persona a pertenecer a otra creencia mediante la provisión de una recompensa o incentivo para que una persona pertenezca a otra creencia”.
Myanmar
La traducción no oficial de la Organización de Derechos Humanos de los Chin sobre la Ley de Conversión Religiosa dice:
“14. No se permitirá a nadie solicitar la conversión a una nueva religión con la intención de insultar, degradar, destruir o abusar de ninguna religión.
15. Nadie obligará a una persona a cambiar su religión a través de una deuda contraída, incentivos, intimidación, influencia indebida o presión”.
La ley exige también que la persona que desea convertirse dé a las autoridades un indicio de su conversión, de modo que puedan llevar a cabo una investigación al respecto. Los potenciales conversos tendrían que tomar también clases especiales para entender los fundamentos de la religión.[12]
Pakistán
Si bien Pakistán no tiene leyes contra la conversión, las leyes relacionadas con la blasfemia tienen un efecto muy similar sobre las personas que se convierten a religiones que no son el islam.[13]
Conclusión
Un análisis detallado de estas leyes revela que, lejos de promover o proteger la libertad religiosa, han servido para minar las garantías de libertad religiosa bajo la constitución india, y la ley y los pactos internacionales de los que India es un firmante.
Las leyes contra las conversiones, motivadas principalmente por una ideología religiosa, no logran el propósito en sí para el cual han sido promulgadas. Al contrario, proveen una oportunidad para que fuerzas divisivas apunten contra los derechos protegidos por la constitución de grupos minoritarios, y plantean una seria amenaza para la práctica y la propagación libres de creencias religiosas.
Además, las leyes no dan cuenta de la participación de los conversos, y los tratan, en cambio, como receptores pasivos de presiones externas (y aparentemente no deseadas) de conversores “depredadores”. Tienden a tratar a todas las conversiones religiosas como sospechosas, y pasibles de investigación y acusación.
La introducción de disposiciones similares en los demás sistemas legales surasiáticos es una tendencia perturbadora, y exige la atención de la comunidad internacional, ya que contrastan directamente con los derechos y las libertades garantizadas bajo la ley internacional.
Esta propagación descontrolada de leyes contra la conversión afectará la protección y la seguridad de los cristianos del lugar, dondequiera que ocurran, como ha sido el caso de India.

*Tehmina Arora es una abogada que sirve como Asesora Senior de Asia del Sur para ADF International. Este artículo es una versión revisada de su artículo que apareció en International Institute of Religious Freedom Report (Volume 1, No: 2).
Notas al pie
[1] Datos recopilados decowever, section 26(3) of the CC www.SpeakOutAgainstHate.Org.
[6] Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Report of the Special Rapporteur on Freedom of Religion or Belief, Asma Jahangir : addendum : mission to India (Informe de la Relatora Especial sobre Libertad de la Religión o de Creencias : apéndice : misión a India), 26 de enero de 2009, A/HRC/10/8/Add.3, http://www.refworld.org/docid/498ae8032.html, consultado el 12 de abril de 2016.
[10] En su informe de 2011, la USCIRF, tomando nota de esta tendencia, señaló que: “El hostigamiento y la violencia contra minorías religiosas parecen ser más pronunciados en estados que han adoptado leyes de ‘libertad de religión’ o están considerando leyes de este tipo”. El informe afirma, además: “Estas leyes han producido pocos arrestos y no se habría producido ninguna condena”. Según el Departamento de Estado de EE. UU., entre junio de 2009 y diciembre de 2010, hubo aproximadamente 27 arrestos en Madhya Pradesh y Chhattisgarh, pero no produjeron ninguna condena.

Fuente: Protestantedigital, 2016

lunes, 18 de noviembre de 2013

Educación teológica y misión

Por. Eliseo Casal, España*
Hay que entender la función de la educación teológica en la iglesia no como mera transmisión de conocimiento o doctrinas, sino como la preparación de las personas, discípulos de Cristo, para vivir su existencia en el seguimiento de Jesucristo, siguiendo su ejemplo, viviendo para glorificarle.
La educación teológica debe tomar como punto de partida la Gran Comisión, que expresa con claridad el propósito de Jesucristo de edificar su iglesia por medio de “hacer discípulos”, lo que supone la proclamación del evangelio, la incorporación a la iglesia, y la integración de la enseñanza de Jesús en la vida de cada discípulo. Llevar a cabo la Gran Comisión en un mundo plural, cambiante y posmoderno, supone un reto doble: la fidelidad en la transmisión de los contenidos y la claridad en la comunicación de los mismos a una generación posmoderna que, como alguien ha definido, escucha con la vista.
El libro misionero por excelencia, Hechos, coloca en un lugar central -para el desarrollo de la misión- la fundamentación de la iglesia en la doctrina de los apóstoles. Hechos es una segunda parte de la obra de Lucas que tiene en su inicio la declaración de propósito “para que conozcas bien la verdad de las cosas en las cuales has sido instruido” (Lc. 1:4), es decir, “has sido discipulado”. En los albores de la iglesia, un elemento fundamental de su vida era perseverar en la doctrina de los apóstoles (Hch. 2:42). La evangelización y la educación teológica van de esta manera de la mano. La enseñanza bíblica no es una actividad accesoria, superflua, que se pueda obviar, es una necesidad y una responsabilidad de la iglesia si quiere ser fiel al llamado de Jesucristo y consecuente con la misión que le ha sido encomendada, y esta enseñanza debe enfocarse en la formación y transformación de las personas en discípulos de Cristo.
Una primera consecuencia es entender la función de la educación teológica en la iglesia no como mera transmisión de conocimiento o doctrinas, sino como la preparación de las personas, discípulos de Cristo, para vivir su existencia en el seguimiento de Jesucristo, siguiendo su ejemplo, viviendo para glorificarle.
CENTRANDO EL OBJETIVO DE LA EDUCACIÓN TEOLÓGICA
No se pude superar en la formación teológica cristiana el objetivo que marcan las mismas Escrituras: llevar a los cristianos al crecimiento “a la medida de la estatura de la plenitud de Cristo” (Ef. 4:13). Cristo debe ser el referente de la educación teológica.
Este objetivo abarca a todos los creyentes, no a un grupo especial o selecto. La idea de que la teología es solo para algunos, probablemente tiene como base un enfoque muy centrado en la parte intelectual y no en la dimensión práctica. La formación teológica es la base para el desenvolvimiento de la vida del cristiano en el mundo de acuerdo a los parámetros de Dios.
Cada vez que se expone la Palabra, bien o mal, se desarrolla una teología, una visión de Dios y del mundo que afecta a la vida positiva o negativamente, afianzando en la verdad bíblica o desviando de la correcta interpretación a los oyentes. Por ello, un aspecto clave para una buena educación teológica será la buena preparación de los líderes que han de comunicar la enseñanza a las iglesias.
LA FUNCIÓN DEL LIDERAZGO
La formación teológica debe comenzar con aquellos que tienen la responsabilidad del liderazgo en las iglesias, siguiendo los principios del discipulado tal como aparecen en la carta a Timoteo: encargar a personas fieles que sean idóneas para enseñar también a otros. La importancia clave de esta preparación la podemos observar en el mismo proceso que siguió Jesucristo con sus discípulos: tres años de convivencia con una dedicación continuada para formarlos a fin de que estuviesen capacitados para llevar a cabo la misión de extender el evangelio. Una formación intensiva que incluía tanto clases magistrales en las que exponía con concisión y claridad los principios de la vida a sus discípulos, momentos de discusión y preguntas, una apologética sobre la marcha respondiendo a los opositores religiosos, como realizaciones prácticas que servían no solo de experiencia, sino que además avanzaba el reino y permitía corregir conceptos distorsionados.
El modelo demanda que los líderes no sean meros transmisores de información doctrinal o bíblica. La formación teológica debe incluir, como parte del discipulado, la relación entre discipulador y discípulo. Esto requiere de líderes vocacionales, con el llamamiento y el reconocimiento de la iglesia; que comuniquen con su vida los valores que enseñan, que no se limiten a clases magistrales sino que se puedan convertir en referentes, en su humana debilidad, para otros. Deben, por tanto, aunar la necesaria capacitación teológica para el buen desarrollo de su labor capacitadora y educativa, con una vida íntegra. La falta de cualquiera de estos dos aspectos llevará al fracaso en la transmisión de la esencia de la educación teológica.
En nuestro contexto occidental hemos de reconocer que la enseñanza y la reflexión teológica han estado muy enfocadas hacia la parte intelectual, quedando en muchas ocasiones en la esfera de la especulación y la investigación teórica pero sin una conexión clara con la praxis cristiana y el vivir lo cotidiano. Es necesario reunir de nuevo ambos aspectos, la profundización en el mensaje de la Biblia, pero, a la vez, destacando su aplicabilidad a la vida. La enseñanza debe equipar a los creyentes para enfrentar los retos de la sociedad en la que viven y darles herramientas para tener la capacidad de defender su fe tal como exhorta el apóstol Pedro. De esta manera se cumplirá la función de los líderes de capacitar a los santos para la obra del ministerio (Ef. 4:12).
FUNCIÓN DE LAS ENTIDADES EDUCATIVAS CRISTIANAS
Un liderazgo sin una buena base bíblica no podrá fortalecer la iglesia para conocer y vivir la verdad revelada en la Palabra. Esta referencia a la Biblia es básica en nuestro contexto histórico cuando la diversidad de opiniones y las extravagancias de algunos predicadores producen una sensación de confusión respecto a los verdaderos contenidos de la fe cristiana. La exposición del mensaje de la Biblia debe ser tarea principal en la educación teológica.
Seminarios y escuelas bíblicas tienen una parte clave en la educación teológica, es parte esencial de su misión. Pero ¿cuál es el enfoque? En la práctica, la principal función de las instituciones docentes evangélicas ha estado centrada en la comunicación de contenidos bíblico-teológicos y la formación de líderes. Por parte de los estudiantes, una de las intenciones puede ser tener un título que acredite unos conocimientos para el desarrollo de un ministerio cristiano. Es evidente que es necesario un currículo completo, pero la educación teológica no debe perder su objetivo de formar el carácter de aquellos que han de ser los líderes que formarán a otras personas. Son centro de formación de formadores, de personas que van a influenciar sistemáticamente en cientos de personas.
Hay dos aspectos en los que se puede incidir desde las instituciones dedicadas a la docencia bíblica. El primero, es una revisión de nuestros currículos en los que se equilibre la dimensión teológica y la práctica. Un buen ejemplo bíblico de este quehacer son las mismas cartas de Pablo que encontramos en las Escrituras, en la mayoría de los casos contemplan una primera parte que provee la base teológica y, una segunda parte, que expresa con claridad y practicidad las líneas de actuación concreta que pueden y deben seguir los creyentes.
El segundo aspecto es que el contenido de cada materia debería incluir, así mismo, una parte práctica importante. Tomo como ejemplo la cristología. Es posible abordar la cristología desde la dimensión histórica del desarrollo doctrinal, incluir las conclusiones sobre la investigación de la persona de Jesús, entrar en el campo de los distintos modelos cristológicos, y pasar por alto temas tan relevantes y necesarios como el seguimiento de Jesús (discipulado) y la conformación de nuestra vida y carácter según su modelo. En otras palabras, podemos quedarnos en los énfasis doctrinales y especulativos, y no abordar el propósito por el cual tenemos esta revelación: la transformación de nuestra propia vida. Esta perspectiva debe impregnar también la enseñanza en la iglesia y la predicación. No debemos quedarnos en una prédica que esté enfocada en transmitir información, sino que debemos enfocarnos en la transformación y la capacitación de los creyentes para la misión que comienza con el ser y saber ser iglesia, ser un modelo de vida y de relaciones que expresen los valores del Reino de Dios y sirvan de referente en una sociedad que está en tinieblas espirituales.
Una interacción más fluida entre las instituciones y las iglesias, para formar personas con las aptitudes adecuadas y para los ministerios que se desarrollarán en estas últimas, será de gran ayuda para el avance de la obra en España.
RESPONSABILIDAD DE CADA CREYENTE
Hoy tenemos más escuelas y más posibilidades de aprendizaje, existe un nivel más alto de formación bíblica. Pero también es verdad que el interés por el estudio y conocimiento de la Biblia está concentrado básicamente en aquellas personas que tienen ministerios.
No somos, en la práctica y como antaño se nos llamaba, el pueblo del libro; la lectura sistemática y reflexiva no es una tarea mayoritaria en los creyentes. Es necesario recuperar la importancia del estudio y el examen personal de la Palabra, y no como un ejercicio intelectual para el conocer, sino desde la perspectiva del crecimiento en la piedad.
REFLEXIÓN TEOLÓGICA CONTEXTUAL
Si la formación teológica ha de ser capacitación para tener líderes discipuladores y creyentes que vivan el cristianismo en la sociedad que les envuelve, la simple repetición de conceptos no es suficiente, se hace necesaria la reflexión teológica en nuestro marco cultural.
La teología no debe tener por objeto la especulación acerca de Dios, sino la comunicación de su ser y sus demandas para nuestra generación. Una buena base bíblica nos permitirá interconectar, con criterios adecuados, los principios bíblicos y su aplicación a la vida familiar, laboral, eclesial, social, etc. La misión debe entenderse desde la propia vida, desde la existencia, no es una acción puntual, sino la vida concreta que expresamos con nuestras palabras, acciones y reacciones.
La enseñanza bíblica tiene el reto de equipar a la gente para la vida y no solo para pasar el examen del conocimiento o desarrollar un determinado ministerio en el marco de las actividades eclesiales.    

*Autores: Eliseo Casal
©Protestante Digital 2013