¡Vos podes ayudarnos!

---
;

viernes, 17 de febrero de 2017

Del conflicto a la comunión, un documento ineludible (III)



Por. Leopoldo Cervantes-Ortiz, México
El concepto de “reforma”
El capítulo III del documento Del conflicto a la comunión (2013) está dedicado a un bosquejo histórico de la Reforma luterana y la respuesta católica a partir de la certeza de que ya es posible contar la historia de manera conjunta, con todo y que existan puntos de vista divergentes. Lo primero que ese expone es la pregunta sobre lo que significa “reforma” tomando en consideración el trasfondo medieval de la palabra en su uso como una idea que se buscaba aplicar a la iglesia, el gobierno y la universidad (parágrafos 36-37). Lutero usó el término pocas veces; al explicar las 95 tesis, afirmó: “La iglesia necesita una reforma que no sea obra de un hombre, a saber, el Papa, o de muchos hombres, concretamente los Cardenales –ambas formas ha mostrado el reciente Concilio–, sino que es la obra de todo el mundo y, ciertamente, es la obra solo de Dios. No obstante, solamente Dios, que ha creado el tiempo, conoce el tiempo para esta reforma”. Con esta expresión, quiso describir las mejoras de orden, necesarias en su tiempo.
Posteriormente, el concepto se utilizó de manera más amplia a como lo hizo Lutero, al entrelazarse la controversia eclesial y teológica con la política, la economía y la cultura. En el siglo XIX, el historiador Leopold von Ranke popularizó la costumbre de hablar de una “época de la Reforma”. La reconstrucción de los pasos que dio Lutero en un camino que se hizo irreversible, sigue a continuación. El punto álgido de la Reforma, agrega el documento, fue la controversia sobre las indulgencias, con la que Lutero “deseaba inaugurar un debate académico sobre asuntos abiertos y aún por resolver en relación con la teoría y la práctica de las indulgencias” (par. 40). En su opinión, la práctica de las indulgencias perjudicaba directamente a la espiritualidad cristiana. Cuestionó que ellas “pudieran liberar a los penitentes de los castigos impuestos por Dios; que cualquier penalidad impuesta por los sacerdotes pudiera ser transferida al purgatorio”. Además, se preguntó “si el propósito medicinal y purificador de los castigos significaba que un penitente sincero podría preferir el castigo, en lugar de ser liberado de él; y si el dinero dado para las indulgencias no debería ser otorgado en su lugar a los pobres”. Y también se preguntó por la naturaleza del “tesoro espiritual” de la iglesia, del cual el Papa tomaba para ofrecer indulgencias.
Lutero estuvo a prueba, entonces. Al propagarse sus tesis por toda Alemania, al entusiasmo por ellas le acompañó el enorme daño a las campañas que promovían las indulgencias. Él mismo se sorprendió por lo acontecido, dado que solamente deseaba una discusión académica. Predicó un sermón sobre ello en marzo de 1518, pero la preocupación llegó hasta Roma y fue llamado para explicar su teología, aunque, gracias a la intervención del príncipe Federico de Sajonia, el juicio fue trasladado a Alemania. Lutero debería retractarse y, de no suceder eso, sería aprehendido y llevado a Roma. Su interrogador, el cardenal Cayetano, promulgó una declaración sin responder los argumentos de Lutero (par. 45).
El ya reformador recibió la promesa de un juicio imparcial, pero recibió insistentemente la consigna de retractarse o sería proclamado “hereje”. El 13 y el 22 de octubre de 1518 afirmó solemnemente que se encontraba de acuerdo con la iglesia católica y que no podría retractarse. Lo que sigue es un recuento de los avatares de Lutero (parágrafos 48-89): los encuentros fracasados, su condena en enero de 1521, la Dieta de Worms (con la memorable respuesta a la invitación a retractarse), los inicios del movimiento de la Reforma, la necesidad de supervisar las reformas, catecismos e himnos, ministros para las parroquias (que se ordenaron sólo en Wittenberg a partir de 1535), intentos teológicos para superar el conflicto (señaladamente la Confesión de Augsburgo, 1530, y el fracaso de las negociaciones en 1541), la guerra religiosa después de la muerte de Lutero (1546-1547) y la Paz de Augsburgo (1555), hasta desembocar en el Concilio de Trento y su discusión de los grandes temas teológicos resaltados por el movimiento reformador (Escritura y tradición, justificación, sacramentos, reformas pastorales).
Destacan los parágrafos 52-53, en donde se describe la oposición del reformador a los postulados que sustituían la autoridad de la Escritura; el 58, que recuerda la manera en que Lutero se orientó a la afirmación del sacerdocio universal de todos los creyentes y, por lo tanto, “en favor de un papel activo del laicado en la reforma de la iglesia” como consecuencia inevitable; y el 62, sobre la importancia de la traducción de la Biblia y sus aspectos educativos para la niñez de la época. Sobre el Concilio Vaticano II se afirma que “posibilitó a la iglesia Católica ingresar en el movimiento ecuménico y dejar atrás la atmósfera, cargada de polémica, de la era posterior a la Reforma” (par. 90).
El capítulo IV repasa los temas fundamentales de la teología de Lutero a la luz de los diálogos luterano-católico-romanos, partiendo de la distinción que se hace entre la teología propia de Lutero y de la iglesia luterana. Se recuerda bien la herencia medieval de Lutero (par. 98) y la teología monástica y mística (pars. 99-101) como trasfondos básicos. Entre los temas están, en primer lugar, la justificación mediante un postulado central:
Cristo es la única persona que ha cumplido plenamente la ley de Dios, y todos los demás seres humanos solamente podemos ser justificados, en un sentido estricto (es decir, en un sentido teológico), si participamos de la justicia de Cristo. Es por eso por lo que nuestra justicia es externa, en tanto en cuanto es la justicia de Cristo; pero debe hacerse nuestra justicia, es decir, interna, por medio de la fe en la promesa de Cristo. Solamente participando en la entrega incondicional de Cristo a Dios podremos ser justificados totalmente. (par. 112)
Las derivaciones sobre la libertad cristiana son fundamentales (par. 118). Las preocupaciones católicas sobre estema están expuestas en los pars. 119-121 y a partir del siguiente se describen los elementos del diálogo católico-luterano al respecto, tal como aparecieron en la Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación el documento, de 1999. Se confiesa de manera unificada la gracia como criterio absoluto (par. 124), para luego exponer la relación entre la fe y las buenas obras, así como una discusión sobre la frase luterana clásica: Simul iustis et peccator, alrededor de la cual se afirma que católicos y luteranos no entienden del mismo modo los términos “pecado”, “concupiscencia y “justicia” (par. 135). El siguiente tema es la eucaristía (pars. 140-148), sobre la que igualmente se exponen las preocupaciones católicas y los elementos del diálogo biconfesional. Ministerio y Escritura y tradición son los últimos temas, en los que se sigue una metodología similar.
El capítulo V plantea que el bautismo es la base para la unidad y la conmemoración en común: “Por esta razón, cuando los cristianos luteranos recuerdan los acontecimientos que dieron lugar a la formación particular de sus iglesias, no desean hacerlo sin sus hermanas y hermanos cristianos católicos. Al recordar unos con otros el principio de la Reforma, están tomando en serio su bautismo” (par. 221). Y el siguiente parágrafo agrega:
Ya que los luteranos creen pertenecer al único cuerpo de Cristo, ellos afirman que su iglesia no se originó con la Reforma ni comenzó a existir hace tan solo quinientos años. Más bien, están convencidos de que las iglesias luteranas tienen su origen en el acontecimiento de Pentecostés y en la proclamación de los apóstoles. Sin embargo, sus iglesias obtuvieron su forma particular mediante las enseñanzas y esfuerzos de los reformadores. Los reformadores no tenían ningún deseo de fundar una iglesia nueva y, de acuerdo a su propio entendimiento, no lo hicieron. Lo que querían era reformar la iglesia, cosa que también lograron, dentro de su campo de influencia, aunque con errores y tropiezos.
Esta sección retoma, de manera relevante, el reconocimiento mutuo de las ofensas históricas como expresión de una voluntad ampliamente ecuménica de diálogo y acercamiento cristiano. Particularmente, se cita la declaración luterana de Stuttgart (2010) acerca de la persecución en contra de los movimientos anabautistas: “Confiando en Dios, que en Jesucristo estaba reconciliando al mundo consigo mismo, pedimos el perdón de Dios y de nuestros hermanos y hermanas menonitas por el daño causado por nuestros antepasados durante el siglo XVI a los anabaptistas, por olvidar o ignorar esta persecución durante los subsiguientes siglos y por las descripciones inapropiadas, engañosas e hirientes acerca de anabaptistas y menonitas hechas por autores luteranos, de modo tanto popular como erudito, hasta el día de hoy” (p. 237, http://assembly2010.lutheranworld.org/uploads/media/Mennonite_Statement-ES_03.pdf).
Finalmente, el capítulo VI resume los cinco imperativos ecuménicos que deberán guiar el camino que ambas confesiones desean recorrer en esta conmemoración y más allá de ella, que presentamos aquí sintetizados:
1. Comenzar siempre desde la perspectiva de la unidad y no desde el punto de vista de la división, para de este modo fortalecer lo que mantienen en común las confesiones, aunque las diferencias sean más fáciles de ver y experimentar.
2. Luteranos y católicos deben dejarse transformar a sí mismos continuamente mediante el encuentro de los unos con los otros y por el mutuo testimonio de fe.
3. Ambas confesiones deben comprometerse otra vez en la búsqueda de la unidad visible, para elaborar juntos lo que esto significa en pasos concretos y esforzarse continuamente hacia esa meta.
4. Ambos deben juntamente redescubrir el poder del evangelio de Jesucristo para nuestro tiempo.
5. Ambos deben dar testimonio común de la misericordia de Dios en la proclamación y el servicio al mundo.
El parágrafo final (245) quiere dar fe de los alcances de esta declaración conjunta en aras de dar un testimonio común del Evangelio, más visible y permanente:
Los inicios de la Reforma habrán de ser recordados correctamente cuando luteranos y católicos escuchen juntos el evangelio de Jesucristo y permitan ser llamados nuevamente a la comunión en el Señor. Entonces estarán unidos en una misión común que la Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación describe así: “Luteranos y católicos compartimos la meta de confesar a Cristo, en quien debemos creer primordialmente por ser el único mediador (1 Tim 2.5-6) a través de quien Dios se da a sí mismo en el Espíritu Santo y prodiga sus dones renovadores” (DCDJ 18).
Es así como estas dos confesiones arriban a esta etapa en su camino de diálogo como una muestra de la posibilidad real de que, sin renunciar a sus afirmaciones teológicas propias, otras tradiciones puedan hacer lo mismo como parte de conversaciones multilaterales que puedan ser más efectivas en los hechos para unificarse mayormente en el sentido y en la práctica de la misión que las unifica a todas.

Fuente: Protestantedigital, 2017

No hay comentarios: